Consecuencia jurídica derivada del incumplimiento del plazo de un mes para la ejecución de una resolución
La consecuencia jurídica derivada del incumplimiento del plazo de un mes para la ejecución de una resolución, al tratarse de una irregularidad no invalidante sin efectos prescriptivos, es la no exigencia de intereses de demora desde que la Administración incumpla el referido plazo (Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central N.º 05608/2020 de 18 de octubre …