Entrada y registro en domicilio constitucionalmente protegido
Régimen jurídico Para analizar la entrada y registro en domicilio constitucionalmente protegido tenemos que aproximarnos a la legislación en forma de cascada. Así, acudimos en primer lugar al art. 18.2 CE que consagra la «inviolabilidad del domicilio» en los siguientes términos: «El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sino consentimiento del …
Entrada y registro en domicilio constitucionalmente protegido Leer más »