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Novedades en el Impuesto Sobre el Patrimonio en Aragón

Novedades en el Impuesto Sobre el Patrimonio en Aragón

La Comunidad Autónoma de Aragón aumenta el máximo exento en el Impuesto sobre el Patrimonio en el supuesto de obligación personal de 400.000 euros a 700.000 euros. Esta medida es ya aplicable en el ejercicio 2023, por lo que numerosos contribuyentes no tendrán la obligación de declarar e ingresar cuota tributaria por este Impuesto.

Debemos tener en cuenta que la vivienda habitual del contribuyente está exenta hasta un importe máximo de 300.000 euros. En caso de matrimonio en régimen de consorciales, cada cónyuge tiene un límite individual de 300.000 euros por lo que podría quedar exenta una vivienda de 600.000 euros.

La valoración en el impuesto sobre el Patrimonio será el mayor de los siguientes:

  1. Valor catastral
  2. Precio de adquisición
  3. Valor comprobado o determinado por la Administración (valor de referencia), cuando dicho valor haya sido tomado como base en el tributo que grave su adquisición (Impuesto sobre Trasmisiones Patrimoniales o Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones)

Por último, indicar que, el Impuesto se ha de pagar en la comunidad autónoma en la que se haya permanecido el mayor número de días durante el período impositivo, computándose a estos efectos las ausencias temporales como los períodos vacacionales.

Se presume, salvo prueba en contrario, que una persona permanece un mayor número de días donde se halle su vivienda habitual.

Contacta con nosotros para poder ayudarte y resolver las dudas que se te puedan plantear, realizando para ti los trámites necesarios, y estudio fiscal de opciones que más te interesen en tu supuesto en concreto.

Aviso legal: La presente nota se ha elaborado a efectos informativos, sin mayor pretensión que la divulgación. La información y comentarios contenidos en la misma no constituyen asesoramiento jurídico alguno.

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