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Cálculo de la plusvalía municipal en el caso de adquisición en fechas distintas

Cálculo de la plusvalía municipal en el caso de adquisición en fechas distintas

Planteamiento de la cuestión

La Dirección General de Tributos (Consulta DGT V1909-23) se plantea cuál es el valor de adquisición de un inmueble a los efectos del cálculo de la base imponible del Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (conocido como plusvalía municipal) en el caso de que se haya adquirido en distintas fechas y, posteriormente, en un único acto o negocio jurídico se transmita la totalidad del derecho de propiedad del que es titular.

Desarrollo y conclusión de la cuestión

La Dirección General de Tributos indica que el valor de adquisición, en caso de existir valores parciales en la adquisición, se deben agregar a los efectos de comparar la suma total con el valor de transmisión.

Por lo que el cálculo debe realizarse de forma global y no parcial, es decir, se determina la diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición (que es la suma de los valores de adquisición parciales), y si el resultado es negativo se aplicará la no sujeción del artículo 104.5 del TRLRHL.

Si el resultado es positivo, se comparará con la base imponible calculada por el método objetivo del artículo 107 del TRLRHL, y se multiplicará cada tanto por ciento del valor catastral del terreno en el devengo que correspondería a cada porción adquirida en una fecha por el coeficiente que corresponde al periodo de generación y posteriormente se sumaran los distintos resultados parciales para determinar la base imponible del impuesto.

Aviso legal: La presente nota se ha elaborado a efectos informativos, sin mayor pretensión que la divulgación. La información y comentarios contenidos en la misma no constituyen asesoramiento jurídico alguno.

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