Descripción de los hechos
El consultante pretende constituir, junto con sus hermanos, un patrimonio protegido a favor de su padre, que presenta un grado de discapacidad del 89 por ciento y necesidad de asistencia de tercera persona. Tras la constitución, los hijos prevén efectuar aportaciones periódicas para atender sus necesidades vitales y solicitan aclaración sobre la reducción en el IRPF del aportante, el tratamiento en el IRPF del beneficiario y la incidencia en Sucesiones y Donaciones.
Análisis de la cuestión
La Dirección General de Tributos no se pronuncia sobre la validez civil de la constitución, pero sí recuerda que el régimen fiscal solo opera si se cumplen los requisitos de la Ley 41/2003. Desde el punto de vista tributario, las aportaciones posteriores a la constitución deben formalizarse también en documento público notarial o resolución judicial. En el IRPF de los aportantes, cada uno puede reducir su base imponible con el límite de diez mil euros anuales, sin que el conjunto de reducciones por un mismo patrimonio protegido exceda de veinticuatro mil doscientos cincuenta euros, pudiendo trasladarse el exceso a los cuatro ejercicios siguientes. En el IRPF del beneficiario, las aportaciones tienen la consideración de rendimientos del trabajo dentro de esos mismos límites y, además, se benefician de la exención prevista para este supuesto. La parte que para el perceptor tenga la consideración de rendimiento del trabajo no queda sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Conclusión
Si el patrimonio protegido se constituye conforme a la Ley 41/2003 y las aportaciones se formalizan con las exigencias legales, los hijos podrán aplicar la reducción en su IRPF con un máximo de diez mil euros anuales por aportante y un límite conjunto de veinticuatro mil doscientos cincuenta euros. Para el padre beneficiario, las aportaciones tendrán el tratamiento previsto en la disposición adicional decimoctava de la LIRPF y, en la parte calificada como rendimiento del trabajo, no quedarán sujetas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
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