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Herencia

Impuestos a la herencia en Aragón

Impuestos a la herencia en Aragón

¿Qué debo pagar al aceptar la herencia?

Una vez que se conoce el contenido del testamento se ha de realizar la aceptación de herencia y autoliquidación de los impuestos. El formulario para el pago de impuestos en Aragón es el modelo 650.

Para cualquier cualquier gestión o asesoramiento sobre herencias o planificación sucesoria, en Porras Asesores, estaremos encantados de ayudarle.

¿Qué forma parte de la masa hereditaria?

Forma parte de la masa hereditaria los siguientes bienes y derechos:

  • Los bienes inmuebles valorados por su valor real, que determina el Gobierno de Aragón con las valoraciones inmobiliarias. En dicha página poniendo el año de construcción y los metros útiles nos puede servir para poder calcular el referido valor.
  • Los seguros de vida
  • Los saldos en cuentas corrientes y demás productos financieros.

Por otro lado, no forma parte de la masa de la herencia:

  • El plan de pensiones, y tributara en el impuesto sobre la renta de las personas fiscas del heredero.
  • No forma parte del impuesto de sucesiones la llamada “plusvalía del muerto”, el beneficio que se haya podido obtener por la revalorización de un fondo de inversión y de un inmueble.

Desde nuestro despacho le ayudamos a realizar su inventario de bienes, para poder concretar y ajustar los importes a incluir en la herencia que va a aceptar y de esta forma poder estudiar las consecuencias fiscales y lo que le puede resultar más conveniente a tal fin.

En Porras Asesores | Asesoría Fiscal en Zaragoza estamos a su servicio

Estamos a su disposición para cualquier cuestión pueda tener en:

Nuestro número de teléfono habitual: 976 213 758

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