Impuestos a la herencia en Aragón
¿Qué debo pagar al aceptar la herencia?
Una vez que se conoce el contenido del testamento se ha de realizar la aceptación de herencia y autoliquidación de los impuestos. El formulario para el pago de impuestos en Aragón es el modelo 650.
Para cualquier cualquier gestión o asesoramiento sobre herencias o planificación sucesoria, en Porras Asesores, estaremos encantados de ayudarle.
¿Qué forma parte de la masa hereditaria?
Forma parte de la masa hereditaria los siguientes bienes y derechos:
- Los bienes inmuebles valorados por su valor real, que determina el Gobierno de Aragón con las valoraciones inmobiliarias. En dicha página poniendo el año de construcción y los metros útiles nos puede servir para poder calcular el referido valor.
- Los seguros de vida
- Los saldos en cuentas corrientes y demás productos financieros.
Por otro lado, no forma parte de la masa de la herencia:
- El plan de pensiones, y tributara en el impuesto sobre la renta de las personas fiscas del heredero.
- No forma parte del impuesto de sucesiones la llamada “plusvalía del muerto”, el beneficio que se haya podido obtener por la revalorización de un fondo de inversión y de un inmueble.
Desde nuestro despacho le ayudamos a realizar su inventario de bienes, para poder concretar y ajustar los importes a incluir en la herencia que va a aceptar y de esta forma poder estudiar las consecuencias fiscales y lo que le puede resultar más conveniente a tal fin.
En Porras Asesores | Asesoría Fiscal en Zaragoza estamos a su servicio
Estamos a su disposición para cualquier cuestión pueda tener en:
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