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Medidas Fiscales en Tiempo de Coronavirus (COVID-19)

Medidas Fiscales en Tiempo de Coronavirus (COVID-19)

Debido a las importantes novedades a los efectos fiscales les enviamos un breve resumen de las mismas, sin perjuicio de ir informándoles de cualquier modificación que pueda ser de transcendencia tributaria. En Porras Asesores podemos resolver cualquier duda sobre la fiscalidad para PYMES y autónomos.

Aplazamiento de las deudas tributarias para PYMES y autónomos por el COVID-19

El artículo 14 de este Real Decreto-ley establece facilidades de aplazamiento de deudas tributarias con arreglo a los siguientes requisitos:

  • Que se trate de autónomos y PYMES cuyo volumen de negocio no haya excedido de 6.010.121,04 euros en 2019.
  • Que sean las declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso transcurra entre el 13 de marzo y el 30 de mayo de 2020, ambos inclusive.
  • Que el importe de la deuda sea inferior a 30.000 euros para no tener que aportar garantía alguna, tal y como establece la Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre. Se debe de sumar a dicho límite el importe de los aplazamientos anteriormente solicitados.

Aplazamientos extraordinaordinarios de IVA, pagos fraccionados e impuestos de febrero, marzo y abril

Por lo tanto, esta medida afectará, por ejemplo, al IVA mensual correspondiente a los meses de febrero, marzo y abril y a los pagos correspondientes al primer trimestre tales como Retenciones, IVA y pagos fraccionados de empresarios y de Sociedades.

Ahora bien, este aplazamiento según el punto 4 del citado artículo incluye dos condiciones:

  1. Que el plazo sea de seis meses.
  2. Que no se devengan intereses de demora durante los primeros tres meses del aplazamiento.

El aplazamiento y fraccionamiento de deuda se debe solicitar en la sede electrónica de la Agencia Tributaria

En todo caso, para disfrutar de este aplazamiento, se deberá solicitar expresamente a la Agencia Tributaria, a través de la sede electrónica de la AEAT en la opción de «Aplazamiento y Fraccionamiento de deuda» situado en el apartado de «trámites destacados».

La AEAT ha publicado instrucciones provisionales y procedimientos tributarios

Además, la AEAT ha publicado en su Web unas Instrucciones provisionales para solicitar estos aplazamientos conforme al Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo.

La AEAT también ha avanzado que los plazos en los procedimientos tributarios van a ser ampliados mediante un cambio normativo. La Agencia Tributaria, además, ha advertido de que sus oficinas estarán temporalmente cerradas para la atención presencial debido al estado de alarma «declarado mediante el RD 463/2020, cuya Disposición Adicional Tercera establece la suspensión de plazos administración.

Quedamos a su disposición por medio de nuestro correo electrónico, y les informaremos de las próximas obligaciones fiscales, ya que hasta la fecha, no se ha suspendido el pago de impuestos para el próximo día 20 de abril.

En Porras Asesores | Asesoría Fiscal en Zaragoza estamos a su servicio

Estamos a su disposición para cualquier cuestión pueda tener en:

Nuestro número de teléfono habitual: 976 213 758

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