Porras Asesores. Asesoría Fiscal en Zaragoza.

Tramitación de herencias

Conmutación del usufructo viudal aragonés

Conmutación del usufructo viudal aragonés

Tras la liquidación de la sociedad de gananciales y como consecuencia del fallecimiento de uno de los cónyuges, con carácter general, los hijos y descendientes heredan la nuda propiedad y el cónyuge el usufructo.

En ocasiones y por decisión de la familia, para proteger o “sentirse más seguro” el cónyuge supérstite propone conmutar su derecho de usufructo por algún bien en plena propiedad, calculando el valor de dicho usufructo y de esta forma adjudicando la plena propiedad.

Hasta fechas recientes ha sido una práctica habitual realizar la citada operación.

Sin embargo debemos advertir que Dirección General de Tributos del Gobierno de Aragón, tras las sentencias del Tribunal Supremo entiende que se considera como permuta la citada convención de conmutación por lo que procede liquidar el impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales por las respectivas adjudicaciones. 

En Porras Asesores | Asesoría Fiscal en Zaragoza estamos a su servicio

Estamos a su disposición para cualquier cuestión pueda tener en:

Nuestro número de teléfono habitual: 976 213 758

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio